Circulan muchos mitos sobre la deducción del IRPF, IVA e Impuesto de Sociedades que pueden llevar a errores costosos. ¡Es hora de poner las cosas claras!
Comprar un coche siendo autónomo o sociedad es una decisión importante, y más aún lo es entender cómo afecta a tus impuestos. Circulan muchos mitos sobre la deducción del IRPF, IVA e Impuesto de Sociedades que pueden llevar a errores costosos. ¡Es hora de poner las cosas claras!
⛔ Mito 1: "Siempre puedo deducir el 100% del coche si soy autónomo." (IRPF Autónomos)
✅ La Realidad:
¡Ojalá fuera tan sencillo! Para deducir el coche en IRPF (”declaración de la renta”), el uso debe ser exclusiva y totalmente profesional. Esto es extremadamente difícil de justificar para un turismo estándar, ya que la Agencia Tributaria asume un uso mixto (personal y profesional). De hecho, si no puedes demostrar ese uso exclusivo, la deducción en IRPF es del 0%.
Excepciones (uso 100% profesional que permite la deducción en IRPF): Solo vehículos muy específicos son aceptados por Hacienda con un 100% de uso profesional sin discusión. Estos son:
- Vehículos de autoescuela.
- Vehículos utilizados en el transporte de mercancías (furgonetas, camiones).
- Vehículos de transporte de viajeros (taxis, VTC, autobuses).
- Vehículos de representación o vigilancia.
- Vehículos de ensayos o pruebas.
- Furgonetas o vehículos comerciales rotulados y adaptados exclusivamente para actividades como las de pintores, fontaneros o electricistas.
Para el resto de los autónomos (arquitectos, consultores, comerciales, etc., que usan un turismo), aunque lo utilicen principalmente para el trabajo, Hacienda rara vez acepta la deducción en IRPF, ya que considera que siempre hay un uso privado inherente. La dificultad no es proporcional, sino binaria: o es 100% profesional demostrable, o no es deducible en IRPF.
⛔ Mito 2: "Con facturar un par de viajes es suficiente para deducir el IVA del coche." (Autónomos y sociedades)
✅ La Realidad:
No. El IVA de la compra del vehículo se presume deducible al 50% para turismos, sin necesidad de justificarlo (aunque siempre es recomendable tener algo que respalde el uso profesional). Sin embargo, si quieres deducir más de ese 50% (o el 100% en el caso de turismos), tienes que probar el uso profesional con pruebas contundentes: registro de kilómetros, agenda de visitas, rotulación del vehículo, que el coche pernocte en las instalaciones de la empresa, etc. Una factura puntual no será suficiente para Hacienda. Excepción Importante: Para aquellos vehículos que por su naturaleza se consideran de uso 100% profesional (los mismos que mencionamos en el Mito 1, como furgonetas de reparto, camiones, taxis, vehículos de autoescuela), el IVA es 100% deducible desde el inicio, sin necesidad de justificación adicional de porcentaje.
⛔ Mito 3: "Si compro el coche a nombre de mi sociedad, todo es gasto deducible."
✅ La Realidad:
Si el coche lo compra la sociedad, las amortizaciones, el seguro, combustible y reparaciones son gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades (IS). Pero, ¡cuidado! Si Hacienda detecta que el vehículo tiene un uso privado por parte de los socios o administradores, la parte correspondiente a eses uso se valorará como una retribución en especie. Esto implica que la sociedad deberá imputar esa retribución al socio/administrador y hacer el correspondiente ingreso a cuenta de IRPF, además de que el gasto no sería deducible para la sociedad. De nuevo, la clave es demostrar el uso profesional.
🎯 En Resumen: La Clave está en el Uso (y la Prueba)
Tanto si eres autónomo como si tienes una sociedad, el tratamiento fiscal del coche se reduce a una premisa fundamental: demostrar el uso profesional.
- IRPF (Autónomos): Podrás deducir los gastos del coche (amortización, combustible, seguro, mantenimiento) solo si puedes demostrar un uso exclusiva y totalmente profesional (casos muy específicos, como vehículos de transporte de mercancías o viajeros). En la mayoría de los casos de turismos para autónomos, la deducción en IRPF es del 0%.
- IVA (Autónomos y sociedades): Se presume deducible al 50%. Si quieres deducir un porcentaje mayor, prepárate para justificarlo con pruebas.
- Impuesto de Sociedades (Sociedades): Los gastos son deducibles si el uso es profesional. Si hay uso privado, se considera retribución en especie y tiene implicaciones fiscales para el socio/administrador y la sociedad.
💡 Conclusión:
No te dejes llevar por rumores. Antes de comprar un coche y esperar deducciones, asesórate bien con un profesional. Una buena planificación y justificación de tus gastos te evitará sorpresas desagradables con Hacienda. Es importante recordar que la interpretación de la normativa fiscal puede ser compleja y está sujeta a los criterios de la Agencia Tributaria, que pueden cambiar. Por ello, la consulta con expertos es clave para tu caso particular.
¿Necesitas asesoramiento personalizado sobre la fiscalidad de tu vehículo?
📩 Contacto directo: jose.tax.advisor@gmail.com
<div class="ml-embedded" data-form="YJncds"></div>